La magistrada María José Rodríguez Duplá, como ponente de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Ávila, ha anulado y devuelto al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 1 de Arenas de San Pedro una sentencia que absolvía al supuesto autor de un delito de faltas y que fue recurrida ante esa Audiencia Provincial tanto por el procurador del demandante, Pablo Antonio Burgos Tomás, como por el propio Ministerio Fiscal. La clave de dicha resolución radicó en la interpretación acerca de cuándo prescribe una falta de lesiones.
La jueza del juzgado de primera instancia interpretó que este supuesto delito de faltas había prescrito argumentando que “entre la fecha de comisión del hecho, día 10 de octubre de 2013 y el de notificación del señalamiento para celebración del juicio, 16 de mayo de 2014, no se sucedió acto procesal alguno de contenido sustancial e idóneo para interrumpir el plazo prescriptivo” y, en base a esta interpretación, ya se habían superado los seis meses que marca el Código Penal.
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