Sobreseimiento, ¿qué es?

En líneas generales, y dentro del ámbito penal, el sobreseimiento de una causa es el equivalente a su archivo, es decir, se dice que una causa ha sido sobreseida cuando ha sido archivada. Esto se produce mediante una resolución judicial que es comunicada bajo la forma de un auto judicial, existiendo varios tipos de sobreseimiento: libre o provisional, total o parcial.

Sobreseimiento libre y sobreseimiento provisional

El sobreseimiento puede ser libre (también llamado definitivo) cuando el juez acuerda archivar y cerrar una causa de tal manera que ésta ya no podrá ser abierta con posterioridad. A esta decisión llegará el juez cuando se produzca alguno de los siguientes supuestos:

  • Cuando el hecho que está siendo investigado no esté tipificado como delito en el Código Penal.
  • Cuando no haya indicios racionales que indiquen que se ha producido el hecho que ha originado la causa.
  • Cuando los acusados, sea cual sea su consideración (autores, encubridores o cómplices), carecen de responsabilidad penal.

Cuando el sobreseimiento libre haya sido motivado por alguna de las dos primeras circunstancias, el juez podrá decretar «que la formación de la causa no perjudica a la reputación de los procesados». Por otro lado, el acusado gozará del derecho a «perseguir al querellante como calumniador», algo que también el propio Tribunal podrá iniciar de oficio aún cuando el acusado decida no hacerlo.

 

injurias

 

En los casos en que el hecho que originó la causa no sea constitutivo de delito pero sí de falta, dicha causa se remitirá al juez que sea competente con el fin de que se celebre el juicio que corresponda.

Podemos decir que lo contrario al sobreseimiento libre es el llamado sobreseimiento provisional, es decir, el archivo temporal de la causa de tal forma que, en caso de que aparezcan nuevos indicios o pruebas, la causa podrá ser reabierta.

El sobreseimiento provisional podrá ser acordado por el juez en aquellas causas penales en las que, aún habiéndose cometido un delito, haya resultado imposible identificar a su autor, o bien cuando la perpetración del delito no se haya justificado debidamente.

Cuando el juez dicta el sobreseimiento provisional de una causa, el Ministerio Fiscal podrá continuar con la investigación con el fin de identificar al culpable del delito, pudiendo solicitar la la reapertura de la causa cuando lo estime oportuno.

Todo sobreseimiento provisional tornará en definitivo en el momento exacto en el que prescriba el delito que dio origen a la causa, lo cual dependerá del tipo de delito.

Sobreseimiento total y parcial

Cuando son varios los acusados, el sobreseimiento, además de libre o provisional, también podrá ser total, si afecta a todos los acusados, o parcial, si sólo afecta a algunos de ellos.

Cuando el sobreseimiento sea parcial, la apertura del juicio oral continuará para aquellos acusados a los que no favorezca el sobreseimiento.



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J. Alfocea

Licenciado en Historia y Periodismo. Un apasionado por comunicar todo lo que pueda despertar interés