El certificado de penales es un documento expedido por el Ministerio de Justicia que sirve para atestiguar si una persona (física o jurídica) posee antecedentes penales y, en caso afirmativo, si ha estado privada de libertad, si ha cumplido o no la condena impuesta y el régimen de libertad que goza en la actualidad.
Para obtener el certificado de penales es necesario solicitarlo al Ministerio de Justicia previa presentación de una solicitud normalizada. Una vez recibida, la persona encargada de realizarlo obtendrá la información pertinente accediendo al Registro de Penados.
El certificado de penales puede ser soltado de tres formas:
- De manera presencial
- Por correo
- A través de internet
En todos los casos, el solicitante podrá ser una persona física mayor de edad que lo solicita en nombre propio, o una persona jurídica a través de sus representantes legales.
Para efectuar una solicitud de manera presencial, el solicitante deberá a acudir a la Oficina Central de Atención al Ciudadano de Madrid, o bien a cualquiera de las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia en las comunidades autónomas.
Una vez allí, se deberá cumplimentar el modelo 790, abonar 3,70€ en concepto de tasa y entregar la solicitud acreditando la identidad mediante el DNI, el pasaporte, el carné de conducir, la tarjeta de residencia, el documento de identificación comunitario o cualquier otro documento que sea equivalente y se encuentre en vigor.
Normalmente el certificado de penales se emite en ese mismo momento.
Si prefieres solicitar el certificado de penales por correo deberás remitir el modelo 790 junto con las tasas abonadas y una fotocopia compulsada de cualquiera de los documentos antes indicados de la Sección de Penales de la Oficina Central del Ciudadano en Madrid, o a cualquiera de las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia. En pocos días recibirá el certificado en la dirección indicada.
Por último, también puedes efectuar la solicitud del certificado de penales a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia aquí. Para ello necesitarás disponer del DNI electrónico o de un certificado digital, rellenar el formulario 790 y abonar la tasa por vía telemática.
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